martes, 27 de marzo de 2018

Confesionario sin absolución: una pareja gay quiere bautizar a un niño

La pregunta: padre, sabe que una amiga me platicó ayer que conoce a una pareja gay que son esposos (pues para mi sorpresa tienen un hijo en adopción; yo no sabía que ya podían adoptar, la adopción la hicieron en la ciudad de Torreón). El punto es que ellos quieren bautizar al niño y llevarlo a Misa, inculcarle la religión católica, pero ellos temen ser rechazados en la Iglesia o por un sacerdote y que no sea aceptado el niño; creo que tiene seis años, pero lógicamente no está bautizado. ¿Qué se podría hacer?

Padre Hayen: en primer lugar no existe en la Iglesia un consenso sobre la admisión de los niños al bautismo por parte de parejas homosexuales. No hay normas escritas sobre el asunto, y la admisión del niño depende del juicio de cada párroco, quien es el responsable de administrar los sacramentos en su parroquia.

El derecho canónico señala que para poder bautizar a un niño es necesario tener el consentimiento de los padres, o al menos de uno de los dos. También dice que debe haber esperanza fundada de que el niño será educado en la fe católica. Si falta esta esperanza, el bautismo debe diferirse, haciéndolo saber a sus padres.

Si te fijas bien, el Código de Derecho Canónico no pone ningún requisito que se refiera a la calidad moral de los padres. Si los padres viven en una relación contraria a las enseñanzas de la Iglesia, el Derecho Canónico no prohíbe solicitar el bautizo del hijo. Hay muchos padres que viven en unión libre y muchos otros que sólo tienen el matrimonio civil. Otros más son divorciados vueltos a casar que quieren bautizar a sus pequeños. Hay madres solas que piden el bautismo de sus hijos. En ninguna de estas situaciones se puede negar el bautismo, con tal de que esté garantizada la educación cristiana del hijo. Una pareja de homosexuales con hijos adoptados evidentemente vive también en contradicción con las enseñanzas de la Iglesia. ¿Se les podrá negar a ellas el bautismo de un niño?

El criterio de la Iglesia es no castigar al hijo por la conducta de los padres. El hecho de que los padres vivan en unión ilegítima no debe impedir que los hijos tengan acceso a las fuentes de la salvación. Es más, la Iglesia ni siquiera exige, para bautizar a un niño, que los padres estén bautizados. Así que por abrir las puertas de la salvación, la Iglesia no puede negar el bautismo a quienes soliciten este sacramento para sus hijos.

Ahora bien, el segundo requisito es que debe haber cierta garantía de que el niño será educado cristianamente. Es claro que quienes viven en situaciones irregulares, como los divorciados, los que viven en unión libre o las madres solas, no están dando un buen ejemplo a sus hijos. Con mucha más razón dos hombres o dos mujeres que son pareja, pues viven en una relación contraria al plan de Dios. Sin embargo en todos estos casos es posible una educación cristiana.

El párroco debe hablar con los padres, o con la pareja del mismo sexo, y debe animarlos a vivir una vida cristiana según el Evangelio. Con toda caridad y comprensión, buscando ayudar a esas parejas, hay que exponerles que su estilo de vida es contrario a las enseñanzas de la Biblia y de la Iglesia, y que el niño quedará confundido cuando reciba su catequesis sobre el sacramento del matrimonio, el cual es exclusivo entre un hombre y una mujer. Es una oportunidad también para que el sacerdote intente acercar a esas personas a Dios. Si el párroco no tiene esperanzas fundadas o garantías de la educación cristiana del niño, el bautismo puede ser diferido legítimamente.

Si no es a través de los papás, ¿cómo puede un párroco tener garantías de la educación cristiana del niño? Es aquí donde tienen los padrinos un rol importante. Ellos son los garantes de la educación cristiana del infante. La función de los padrinos es presentar al niño que recibirá el bautismo y procurar que después éste lleve una vida cristiana congruente con el bautismo y cumpla fielmente las obligaciones que conlleva este sacramento. Los padrinos hacen las veces de padre y de madre, por lo que debe haber un solo padrino y una sola madrina. Los padrinos deben de ser católicos, estar confirmados y deben haber hecho la primera Comunión. Pero también se les pide que lleven una vida cristiana congruente con la misión que van a asumir.

Las situaciones en que viven las personas que quieren bautizar a sus hijos pueden ser muchísimas y ello hace que estas normas del Derecho Canónico sean difíciles de aplicar. Mientras que no existan disposiciones de derecho particular para admitir al bautismo a niños llevados por parejas de homosexuales, es decir, mientras que no haya normas de las conferencias episcopales o de las diócesis particulares al respecto, será el criterio del párroco el que prevalezca para proceder al bautismo o diferirlo.

Recordemos siempre que la Iglesia no es un museo de santos, o de gente impecable, sino que es un camino para que los pecadores y tantas personas heridas se vayan curando, y poco a poco se conviertan, con la gracia de Dios, en santos. Llevándolos a todos a Jesucristo y ayudándoles a vivir en sus leyes divinas y en sus enseñanzas inmutables, la Iglesia muestra su maternidad para todos.

Espero haber sido suficientemente claro. Gracias por tu pregunta y que Dios te bendiga.

1 comentario:

  1. Es una lástima que quede a criterio del sacerdote.. Sería mala suerte pertenecer por el sector donde vives a una iglesia donde la guía espiritual la mayoría de las veces tiene un criterio muy cerrado en cuanto a este tipo de situaciones. Ya que tal cual como la persona que hizo la pregunta se teme ser rechazado por la "iglesia" o por un sacerdote..

    ResponderBorrar

Nuestros cuerpos sufrientes

A medida en que pasan los años nos vamos haciendo personas más vulnerables en nuestra dimensión física. Aparecen nuevas dolencias, se manifi...